Quienes trasladen mercancías en territorio nacional, ya sea por medios propios, a través de terceros o por medio de intermediarios, a partir del 30 de septiembre de 2021, deberán emitir un CFDI de tipo “Traslado” o “Ingreso”, al que se deberá incorporar el complemento “Carta Porte”, de acuerdo con las reglas que la autoridad ha publicado en días recientes y que a continuación comentamos.

Al respecto, el pasado 1o. de mayo de 2021, se publicó en la página del SAT, la información correspondiente al “Complemento Carta Porte”, mismo que deberá incorporarse al CFDI de tipo “Traslado”, o de tipo “Ingreso”, cuando se requiera transportar mercancías por vía terrestre, férrea, marítima, aérea o fluvial, esto de conformidad con la regla 2.7.1.9. de la Tercera Versión Anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal, publicada el 4 de junio de 2021.

En este complemento, se manifiesta información referente a la procedencia y destino de las mercancías que se trasladan a través de los medios de transporte señalados con anterioridad y sirve para acreditar la posesión de dichas mercancías.

La obligación para emitir el CFDI, ya sea de tipo “Traslado” o de tipo “Ingreso”, se divide de la siguiente manera:

  1. Propietario de la mercancía. Cuando el propietario requiera transportar sus bienes o mercancías él mismo, deberá emitir un CFDI de tipo “Traslado”, adicionándole el complemento “Carta Porte”.

  2. Intermediario o agente de transporte. Cuando el traslado de los bienes o mercancías se realice a través de un intermediario o un agente de transporte, será este quien deba expedir un CFDI de tipo “Traslado”, adicionándole el complemento “Carta Porte”.

  3. Empresa de servicio de fletes. Cuando se contrate el servicio de traslado de bienes o mercancías, serán estos contribuyentes quienes deberán expedir un CFDI de tipo “Ingreso” el cual, amparará la prestación del servicio y de manera adicional, deberán incorporar el complemento “Carta Porte”.

Para efectos de cumplir con lo anterior, el pasado 6 de junio de 2021, el SAT publicó el “Instructivo de llenado de CFDI con Complemento Carta Porte”​, con la finalidad de explicar la forma correcta de llenar dicho CFDI con el complemento respectivo.

Es importante mencionar que este complemento entra en vigor a partir del 1ro. de junio de 2021, siendo obligatorio obligatorio a partir del 30 de septiembre de 2021.

Nuestra recomendación, es iniciar con la implementación del mencionado complemento en el sistema de facturación, así como revisar con los proveedores que les presten servicio de traslado de mercancías, para que a más tardar el 30 de septiembre, estén en condiciones de emitir el respectivo CFDI con el complemento “Carta Porte”, de acuerdo a los lineamientos solicitados por la autoridad.

Se agrega la publicación del SAT, donde podrán descargar toda la información relacionada con el complemento “Carta Porte”:

Dar clic para descargar la guía de llenado.

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